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NOVEDADES ADMINISTRATIVAS






             Se modifica la liquidación del IRAE

            ficto y se reduce el anticipo mínimo

          de IRAE para algunos contribuyentes



              Según Decreto Nº 65/023 y Decreto Nº         Cuadro 1
              71/023, se modifica la liquidación del IRAE   Más de                 Hasta        %
              ficto, pasando a un régimen progresivo y se
              reduce el anticipo mínimo de IRAE para con-  UI 0              UI 1.000.000    12%
              tribuyentes de menores ingresos.             UI 1.000.000      UI 2.000.000    14%
              a) Modificación de la liquidación del        UI 2.000.000      UI 3.000.000    48%
              IRAE ficto
                                                           UI 3.000.000       En adelante    60%
              Los cambios a la liquidación ficta del IRAE   El valor de la UI a considerar es el vigente a cierre de
              buscan darle mayor progresividad al impues-  balance. A modo ilustrativo, para cierres al 28/02/2023,
              to, pasando  de  un  régimen  proporcional  a   UI 1.000.000 son $5.656.200.
              uno de tasas progresivas aplicables por tra-
              mos, similar al IRPF.                        b) Reducción del anticipo mínimo de
              Para ejercicios iniciados a partir del 1 de   IRAE
              enero  de 2023, a las rentas comprendidas    En 2023 los anticipos mínimos de IRAE más
              en cada tramo se le aplicará  el porcentaje   bajos se reducen de $ 6.770 a        $ 5.970, al
              correspondiente a dicho tramo, de acuerdo a   incorporar un nuevo tramo para contribuyen-
              la escala del Cuadro 1.                      tes cuyos ingresos gravados no superen una
              La nueva escala incorpora el primer tramo,   vez y media el límite del literal E del artículo
              beneficiando  a contribuyentes  que tienen   52º del Título 4 ($ 2.563.052 al 31/12/2022).
              ingresos inferiores a UI 1.000.000 con una   A modo de ejemplo para cierres de balances al
              reducción de tasa (de 13,2 a 12%).           31/12/22, la nueva escala es la del Cuadro 2.

              Cuadro 2
              Ingresos (veces el límite                Ingresos                    Pago Mensual
                del Literal E) Artículo                                               Vigencia:
                   52: 305.000 UI)                 Más de                Hasta        1/1/2023
              Hasta 1,5 veces el límite               $ 0          $ 2.563.052             $ 5.970
              Más de 1,5 hasta 3 veces         $ 2.563.052         $ 5.126.105             $ 6.770
              Más de 3 hasta 6 veces           $ 5.126.105        $ 10.252.209             $ 7.400
              Más de 6 hasta 12 veces         $ 10.252.209        $ 20.504.418             $ 9.940
              Más de 12 hasta 24 veces        $ 20.504.418        $ 41.008.836           $ 13.470
              Más de 24 veces                 $ 41.008.836                               $ 16.840

                  Venció la resolución que autoriza

                   el fraccionamiento de alimentos

              Comunicamos que la Resolución No.            • Productos no perecederos, realizado a la
              1646/22, referente a la autorización de frac-  vista del consumidor final
              cionamiento de alimentos, ya no está vigente.
                                                           • A nivel de comercios de proximidad
              De todas formas, desde la Intendencia de
              Montevideo nos informan que se continúan     • Con alcance local de riesgo bajo
              otorgando autorizaciones de fraccionamien-   • De superficie menor a los 100 metros cua-
              to bajo las siguientes condiciones:          drados


                                                                                                    11
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