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NOTA DE TAPA










































              Transición                                      do la empresa cuente con un local de ela-
                                                              boración con superficie mayor a 100 m2.
              Los datos existentes han sido migrados, por
              lo que los registros anteriores han sido trans-  - Categoría “Servicios de organización de
              feridos al nuevo sistema, manteniendo su vi-    eventos sin local”: será obligatorio contar
              gencia original.                                con un representante técnico en todos los
                                                              eventos con más de 5 emprendimientos
              Hasta diciembre de 2026, se permitirá el uso    alimentarios.
              de los números de registro anteriores en los
              rótulos de productos. A partir de esa fecha,   El RUNAEV llevará un registro permanente
              los productos deberán contar exclusivamen-   de los representantes técnicos de las empre-
              te con el número RUNAEV, asegurando una      sas alimentarias.
              transición fluida para los productores y co-  La empresa alimentaria estará obligada a
              merciantes.
                                                           actualizar los datos ante el sistema del RU-
              Representante Técnico.                       NAEV  en el  momento  que  se produzca  la
                                                           desvinculación del técnico, aportando la in-
              En el RUNAEV será obligatoria la represen-   formación del nuevo técnico entrante dentro
              tación  técnica  permanente  para  aquellas   de un plazo de 10 días corridos.
              empresas que por su categoría y/o superficie
              lo demanden por estar comprendidas en las
              siguientes hipótesis:                               Importante

               - Categoría “Logística”: aplicará  para  im-
                 portadores.                                  No contar con técnico res-
               - Categoría “Supermercadista”: aplicará        ponsable cuando es reque-
                 para supermercados cuya superficie sea       rido por RUNAEV es causa
                 igual  o superior  a 200 m2 de salón:  o     para  la  caída  de la habilita-
                 cuando la sumatoria de la superficie de      ción.
                 los locales de una cadena supere en su
                 conjunto los 200 m2.                         En caso de no contar con un
               - Categoría “Elaboración Industrial”: será     técnico representante, co-
                 obligatoria la representación técnica cuan-  municarse con CAMBADU.



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